Con tres concisas herramientas legislativas, la Provincia planea estar en mejores condiciones de enfrentar el flagelo del consumo excesivo de alcohol durante la noche y sus consecuencias. Justamente esto es lo que busca la Secretaría de Prevención de las Adicciones, que difundió ayer tres anteproyectos girados al Poder Ejecutivo provincial, con la idea de que éste los evalúe y luego los remita a la Legislatura.

Las tres iniciativas del área encabezada por Juan Carlos Mansilla, de algún modo replican los proyectos originales que el año anterior había trabajado esa repartición cuando era conducida por su antecesor, Sebastián García Díaz, eyectado del Gobierno por su informe acerca de la favelización de los barrios. El proyecto ahora impulsado  mantiene los ejes fundamentales de lo que el propio García Díaz había presentado un año atrás en la Sala Regino Maders de la Unicameral y que no había tenido el necesario apoyo político de parte del Gobierno de Juan Schiaretti.

Da la impresión de que esta vez el cambio de nombres no significó un quiebre en la gestión, y la misma cartera ahora insiste con una iniciativa que toma con un criterio mucho más restrictivo la comercialización, distribución y venta de bebidas alcohólicas, y hasta se anima a meterse en regulaciones que parecían potestad exclusiva de los municipios.

Ideas en cadena. El primero de los proyectos pretende crear el Registro de Comercializadores de Bebidas Alcohólicas (Rebacor), ante el cual deberán inscribirse mayoristas, distribuidores y comercializadores, desde grandes superficies hasta bares y eventuales. Prevé el cobro de un canon anual que va de 100 a 1.500 pesos, cuyos fondos se destinarán a tareas de prevención.

El segundo proyecto prevé regular la “nocturnidad”, es decir las actividades de boliches, discotecas, salones y clubes donde se realicen actividades bailables. Entre otros puntos pretende fijar horario límite de apertura (2 AM) y de cierre (5.30 AM); corte de venta de bebidas alcohólicas (4.30 AM); provisión gratuita obligatoria de agua potable; prohibición de energizantes; y regulación de edades mínimas para ingresar. Las multas serán bastantes saladitas, de 5 mil a 30 mil pesos, también financiarán la prevención. Además, se obliga a los municipios a adecuar sus reglamentaciones locales, admitiéndose sólo regulaciones más restrictivas.

El tercer proyecto regula más integralmente la comercialización de bebidas con alcohol en términos similares a la ya vigente ley nacional 24.788. Entre otras cosas, prohíbe los concursos de bebidas, la canilla libre (de tipo “tarifa plana”), la combinación de energizantes y alcohol, la venta de remanentes, y la oferta de más de un trago con la entrada. En este caso, las multas van de los mil a los 500 mil pesos, y las autoridades de aplicación serían municipios, Rentas y el propio Rebacor.

Donde parece contradecirse el nuevo articulado, es en la prohibición de venta de alcohol en quioscos y polirrubros. Justamente, este tipo de locales era contemplado bajo la categoría B2 en el proyecto de Registro de Expendedores.

Paso adelante. Uno de los principales luchadores contra el alcoholismo en exceso, Esteban Gorriti, consideró que los proyectos “son un paso adelante, aunque se hayan quitado algunos de los elementos originales de los proyectos del año anterior”. En tal sentido, confió en que la iniciativa reciba apoyo del Gobierno y de la Legislatura.

Registro de Expendedores
Todos anotados. Crea el Rebacor, Registro de Distribuidores y Comercializadores de Bebidas Alcohólicas.
Canon. Prevé el cobro de un canon anual sólo para obtener el permiso. Va de 100 a 1.500 pesos.
Permiso. Será exhibido.
Multones. Quien incumpla, sufrirá el decomiso de la mercadería y una multa del valor del canon por cinco.
Fondos. Serán destinados a control y prevención.

Ley de Nocturnidad
A bailar. Regirá para todo establecimiento donde se realicen actividades bailables.
Horas tope. El horario de ingreso tope será las 2 AM y el cierre será a las 5.30.
Canillas cerradas. No se venderá más alcohol a partir de las 4.30 AM.
Edades. Menores de 14, abstenerse. Los de 14 a 17, sólo acompañados de sus padres si se vende alcohol. Solitos, sólo en matinés.
Vasos. No deberán ser más grandes de 350 ml.

Expendio de Alcohol
Hora seca. Desde las 22 en adelante, sólo se venderá alcohol para consumir dentro de establecimientos.
Quioscos no. No podrán vender bebidas con alcohol.
Se prohíben. Concursos de bebidas, canilla libre, tarifa plana, mezcla con energizantes, más de una bebida con la entrada, y venta de remanentes.
Control mixto. Serán autoridades de aplicación los municipios, Rentas y el flamante Rebacor.