MADRID. El Consejo de Ministros estudiará mañana el proyecto de Ley de Prevención del Tabaquismo y lo remitirá al Consejo de Estado y al Consejo Económico y Social para que emitan su preceptivo informe. La legislación que impulsa el Ministerio de Sanidad comenzará a aplicarse a partir de enero del próximo año y tiene como uno de sus pilares la defensa de la salud de los menores.

El proyecto asume todas las prescripciones del Convenio Marco para el Control del Tabaco que auspicia la Organización Mundial de la Salud y que han ratificado 57 países, incluida España. Entre ellas figura la prohibición de toda forma de publicidad del tabaco, así como la promoción o patrocinio. En la actualidad, en España no se pueden divulgar los productos del tabaco en la televisión y radio, a excepción de los puros habanos en ésta última.

Fin del patrocinio

Con la nueva legislación se prohibirá el tabaco en radios, televisiones, prensa, máquinas expendedoras y en cualquier soporte de la sociedad de la información (mobiliario urbano publicitario y vallas, entre otros). Las tabaqueras tampoco podrán patrocinar actos que puedan asociarse a la publicidad y consumo de este tipo de productos. Las únicas excepciones son los anuncios en estancos y en revistas profesionales.

El director general de la Asociación Empresarial del Tabaco, Juan Barreiro, advirtió que de prosperar este proyecto se paralizarán inversiones publicitarias de la industria tabaquera por un importe de 50 millones de euros anuales. Como la CEOE, los empresarios del tabaco creen que la nueva normativa sobrepasa las directivas europeas y vulnera la libertad de empresa y el derecho constitucional de comunicar información comercial veraz.

Los menores son uno de los vértices del proyecto de ley. No podrán adquirir tabaco o productos relacionados hasta que cumplan 18 años, pero tampoco podrán venderlo, lo que puede ocasionar algún conflicto en empresas de hostelería. Las discotecas donde se les permita la entrada tendrán absolutamente prohibido el consumo de tabaco, sea cual sea la edad del fumador.

El apartado de multas incide especialmente en los menores. Así, venderles o regalarles productos que imiten al tabaco o induzcan a fumar estará penado con multas de entre 601 y 10.000 euros, los mismo que la venta de cigarrillos de forma individual. Tampoco estará permitido vender o entregar a menores productos relacionados con el tabaco, dejarles adquirirlo en máquinas expendedoras o regalarles objetos promocionales. La legislación prevé sanciones en estos casos de entre 10.001 y un millón de euros. Estas últimas multas también se aplicarán en el caso de publicitar el tabaco en cualquier medio o difundirlo hacia los menores de 18 años. Un estudio del Banco Mundial cifró en un 7% el descenso en las ventas de tabaco si todos los países europeos prohibiesen la publicidad.

El consumo estará prohibido en todas las empresas (no podrán existir salas especiales) así como en los centros públicos donde se ofrezca un servicio al ciudadano. Tampoco se podrá fumar en ascensores, cabinas de teléfono o cajeros automáticos, así como en todos los medios de transporte y en sus estaciones, excepto si éstas están a cielo abierto. Los propietarios de bares y restaurantes con menos de cien metros cuadrados tendrán que decidir si se puede fumar o no, pero tomen la decisión que tomen tendrán que anunciarla en un lugar bien claro. Los de mayor superficie tendrán que contar con una sala especial para fumadores, lo mismo que teatros, cines y espectáculos públicos.