La medida busca liberar aún más el uso del cannabis en el país, pues desde el año 1994 la Corte Constitucional estableció en la sentencia C-221 que el porte y el consumo de drogas son acciones que se dan en ejercicio del derecho al libre desarrollo de la personalidad y de la autonomía de la persona, y que no deben ser penalizadas.

Hoy en Colombia no es delito que una persona lleve consigo la dosis personal de marihuana (20 gramos), incluso una persona podría porta más de la dosis mínima si es para su uso personal, ya que, en concepto de la Corte, el delito sería si estas sustancias van a ser comercializadas.

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