La Sala del Senado despachó a la Cámara de Diputados el proyecto que sustituye Ley 19.366, que sanciona el Tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas.

El presidente de la comisión de Constitución del Senado, Alberto Espina (RN), explicó que, a través de este proyecto, por primera vez en el país se establecerá un registro obligatorio sobre la producción y circulación de sustancias que se utilizan para la elaboración de drogas.

Otros de los cambios más trascendentes de la legislación son la obligación de las autoridades superiores de aplicar controles de consumo aleatorios, y la sanción del microtráfico, con una pena de 541 días a cinco años de cárcel y una multa de entre 10 y 40 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).

«Uno de los graves problemas hoy, es que el microtráfico por regla genera no quedaba sancionado, ya que en muchos casos las personas se hacían pasar por consumidores y las cabecillas de las organizaciones de microtráfico fácilmente obtenían su libertad», dijo Espina.

El legislador subrayó, además, la creación de la figura del agente revelador y la determinación de eximir de responsabilidades penales al funcionario policial que actúe como encubierto, por los delitos que pueda incurrir con motivo de su accionar.

Otros de los aspectos contemplados por la nueva normativa son la intervención telefónica, el secreto al juicio y la ampliación del plazo de detención de los inculpados de tres a cinco días.