Descripción

El nombre químico del éxtasis es MDMA o Metilendioximetanfetamina aunque las pastillas de la calle suelen estar adulteradas con otras sustancias como el MDA o MDEA que son muy peligrosas. Pertenece a la familia de drogas estimulantes.

Efectos

Dan lugar a una experiencia mixta entre la estimulación y la percepción alterada, por lo que se las ha comparado con una mezcla de anfetaminas y un alucinógeno llamado mescalina.

Efectos psicológicos

  • Sociabilidad
  • Empatía
  • Euforia
  • Sensación de autoestima aumentada
  • Desinhibición
  • Deseo sexual aumentado
  • Locuacidad
  • Inquietud
  • Confusión
  • Agobio

Efectos fisiólogicos

  • Taquicardia, arritmia e hipertensión
  • Sequedad de boca
  • Sudoración
  • Contracción de la mandíbula
  • Temblores
  • Deshidratación
  • Aumento de la temperatura corporal (hipertermia)

Reducción de riesgos / Daños

Hay personas que son especialmente sensibles al Extasis y hasta una dosis muy pequeña puede producirles consecuencias muy graves.

Si lo mezclas con alcohol el riesgo de sufrir una mala reacción aumenta enormemente.

Si sufres de hipertensión, problemas de corazón, epilepsia, asma o estás embarazada o tomando antidepresivos NO debes probar el éxtasis.

En el plano psicológico

  • Crisis de ansiedad
  • Trastornos depresivos
  • Alteraciones psicóticas

En el plano orgánico

Riesgos asociados al consumo de éxtasis en los ambientes congestionados en los que a menudo tiene lugar, y bajo las condiciones de baile intenso a los que se asocia:

  • Aumento severo de la temperatura corporal (hipertermia maligna)
  • Arritmia
  • Convulsiones
  • Insuficiencia cardiaca
  • Rabdomiólisis
  • Coagulopatía
  • Hemorragias, trombosis e infartos cerebrales
  • Insuficiencia hepática

Legislación

En interpretación del Código Penal, los tribunales de justicia las incluyen entre las «drogas que causan grave daño a la salud», por tal motivo, la pena mínima para quienes las elaboren, trafiquen, promuevan o favorezcan su consumo o las posean con tales fines, será de 3 a 9 años de prisión y multa «del tanto al triplo» del valor de la droga.

Respecto a la conducción bajo su influencia, reciben el mismo tratamiento que el resto de las drogas: una pena de arresto de ocho a doce fines de semana o multa de tres a ocho meses, así como privación del derecho a conducir de uno a cuatro años, para quien conduzca un vehículo a motor o ciclomotor bajo la influencia de cualquier tipo de droga.

Como ocurre con las demás drogas, la sanción impuesta por su consumo en público puede ser sustituida por el adecuado tratamiento de deshabituación.

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