El viejo eslogan de “la coca no es cocaína” parece tener eco en las bases del Plan Nacional de Desarrollo (capítulos 2.A.14 y 5.A.4) y en su articulado (art. 298) donde se dan facultades extraordinarias al presidente de la república para, entre otras muchas cosas, «Regular los usos alternativos de la planta de coca”.

Son buenas noticias, pues son muchas las razones por las cuales es necesario regular los usos alternativos de la planta de coca. Actualmente, solo las comunidades indígenas acogidas en el derecho a la autonomía y la autodeterminación pueden producir productos derivados de la hoja de coca, pero presentan muchos problemas para comercializar sus productos.

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