Esta medida alcanza tanto a los medios de comunicación escritos, periódicos y revistas dirigidos a menores de 18 años de edad, como a los medios de comunicación audiovisuales, en sus ediciones de la Comunidad Valenciana.
El conseller de Bienestar Social, Rafael Blasco, manifestó que se ha restringido también la publicidad de estos productos en las vallas publicitarias de la vía pública, que a partir de hoy no podrán estar a menos de 200 metros de distancia de centros educativos, sanitarios y sociales.
La propia Conselleria de Bienestar Social realizará un seguimiento del cumplimiento de la ley, haciendo especial hincapié y denunciando las vallas y lonas publicitarias que se instalan en las fachadas de los edificios que no se ajustan a la nueva legislación. También se cerciorará que los ayuntamientos obligan a cumplir la nueva ley de Drogas.
Este es el último aspecto que quedaba pendiente tras la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de la nueva Ley 4/2002 de Drogodependencias, que sustituye a la anterior, de 1997.
Esta normativa tiene como objetivo la prevención del consumo y la reinserción, para lo que garantiza el apoyo tanto a las personas drogadictas como a sus familias.
Según Blasco, «sólo con la prevención podemos atajar la drogodependencia desde su origen; además, una legislación moderna no ha de basarse en el castigo, sino en la ayuda a las personas con adicción a las drogas, para que logren reinsertarse».
Sobre la necesidad del actual marco legislativo, Blasco manifestó que «aunque la anterior ley autonómica valenciana constituyó un referente nacional en esta materia, después de cuatro años de su aprobación, la rápida evolución de la realidad social aconseja su revisión y adaptación a las nuevas demandas».
También recomendó un consumo responsable de las bebidas alcohólicas, «sobre todo pensando en las celebraciones de Nochevieja», y criticó la incitación al consumo de alcohol a menores de edad.
Una de las novedades de la Ley de Drogas es la fijación de la mayoría de edad, 18 años, para autorizar legalmente la compra tanto de alcohol como de tabaco. De esta manera se aumenta en dos años la edad mínima para la venta o dispensación de bebidas alcohólicas y de cigarrillos.
La venta de bebidas alcohólicas «a domicilio» es una de las principales fuentes de obtención de alcohol por parte de los jóvenes y, por eso, la nueva normativa prohíbe la venta de bebidas alcohólicas en todo tipo de establecimientos, desde las 10 de la noche hasta las 7 de la mañana siguiente, excepto en los locales en los que se vende alcohol para consumirlo en su interior.
Como una de las novedades más destacadas se encuentra la sustitución de sanciones por medidas reeducativas en menores de edad que incumplan la normativa.
Esto quiere decir que las sanciones que se impongan a menores de 18 años de edad pueden ser sustituidas por la realización de servicios de interés comunitario, y el seguimiento de cursos de comportamiento y concienciación. Así se busca dar una respuesta más sensibilizadora y correctora que únicamente sancionadora.