La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a los laboratorios Baxter a indemnizar con 90.152 euros a un paciente hemofílico que fue contagiado por el virus del sida tras recibir un tratamiento con derivados de sangre comercializado por esta compañía entre 1983 y 1986, según consta en la sentencia.
En 1990, como consecuencia de las transfusiones recibidas, el enfermo en cuestión contrajo el sida. La Audiencia de Cádiz considera probado que fue infectado por el VIH debido al tratamiento después de haber analizado la información científica disponible e informes clínicos posteriores del paciente.
De esta forma, la Audiencia revoca una anterior sentencia que eximió de culpa a Baxter ante la «incertidumbre» existente sobre la relación de causalidad entre los productos suministrados y la infección padecida.
La Audiencia entiende que la responsabilidad de esta enfermedad puede exigirse a cualquiera de los dos laboratorios que suministraron el producto. Así, recuerda que la legislación vigente considera que no es causa de exoneración el hecho de que los conocimientos científicos y técnicos del momento no permitiese apreciar la existencia del defecto (hasta mediados del 85 no se disponía en España de un método para detectar la presencia del VIH en la sangre).
Esta noticia no es la primera que relaciona a una compañía farmaceútica con el posible contagio de sida a pacientes. Así, una filial de Bayer continuó vendiendo en los años 80 a países de Asia y Sudamérica un fármaco para la hemofilia a pesar de que conocían el alto riesgo de transmisión de sida que suponía su empleo. No obstante, este producto no se comercializó en la década de los 80 en nuestro país. La diferencia entre Baxter y Bayer es que esta última compañía no tuvo que indemnizar a ningún usuario infectado.