El Tribunal Constitucional del Perú ha declarado infundada la demanda de inconstitucionalidad interpuesta contra el art. 3 de la ley 28705 (que prohíbe fumar en todo establecimiento público) en los extremos de prohibir la creación de establecimientos exclusivos para fumadores y la prohibición de fumar en los espacios abiertos de los centros educativos para adultos.

La abogada Flavia Radovic afirmó que la contestación de la demanda estuvo a cargo del Congreso de la República y contó con la valiosa colaboración de los Amicus Curiae presentados por la Clínica Jurídica de la Universidad Católica y de manera conjunta por el O’Neill Institute for National and Global Health Law, de la Escuela de Derecho de la Universidad de Georgetown, Campaign for Tobacco Free Kids y Alianza para el Convenio Marco.

Asimismo Flavia Radovic indicó que este hecho es un gran paso para el Perú y demuestra que estamos avanzando en nivel de prevención de salud pública.