El pleno de la Asamblea Legislativa aprobó por unanimidad las reformas y adiciones a la Ley de Protección a la Salud de los No Fumadores en el Distrito Federal, con las cuales quedará prohibido fumar en escuelas, instituciones públicas y privadas, transporte público —incluyendo taxis—, bibliotecas, instalaciones deportivas y sanitarios.
En el caso de locales y establecimientos que expendan alimentos o bebidas, los propietarios tendrán que delimitar físicamente las secciones de fumadores, además de instalar un sistema de extracción y purificación, en caso de no cumplir con estos requisitos quedará prohibido fumar en todo el inmueble.
Las modificaciones —aprobadas en lo particular con 46 votos a favor y cero en contra— entrarán en vigor en un plazo de 60 días naturales, periodo en el que el órgano legislativo tendrá que realizar las adecuaciones a la Ley de Establecimientos Mercantiles, ello con el fin de evitar la sobre regulación.
En tanto, el Gobierno del Distrito Federal deberá expedir el reglamento correspondiente en un plazo no mayor a 60 días, a partir de la entrada en vigor de las reformas; mientras que la Asamblea Legislativa incluirá en el presupuesto de 2008 una partida especial para promover la creación de centros delegacionales contra el tabaquismo y para las clínicas y servicios para la atención del fumador.
Con estas reformas, también quedará prohibido fumar en espacios cerrados de trabajo que compartan dos o más personas, y en cualquier otro que determine la Secretaría de Salud; además los menores de edad no podrán acceder a áreas determinadas a fumadores, incluso si son acompañados por un adulto.
En tanto, en los establecimientos dedicados al hospedaje se destinará un porcentaje no mayor a 25 por ciento del total de las habitaciones para las personas fumadoras; en tanto que la industria tabacalera no podrá realizar promoción y patrocinio de eventos deportivos, culturales, sociales o actividades relacionadas con los mismos.
De acuerdo con las modificaciones, quienes infrinjan la norma pondrán ser sancionados con la suspensión temporal del servicio o clausura definitiva del servicio, o bien recibir arresto por 36 horas.
Asimismo los propietarios, poseedores o responsables de los locales cerrados que no cumplan con la ley recibirán una multa de 100 y hasta 500 veces el salario mínimo diario; o bien, se impondrá una sanción de 30 días de salario mínimo al titular de la concesión o permiso de vehículos de transporte público de pasajeros, en el caso de que no fijen las señalizaciones correspondientes, toleren o permitan fumar.
En lo que se refiere a los particulares que no respeten este ordenamiento, el propietario o personal del establecimiento deberá exhortar a quien se encuentre fumando, a que se abstenga o lo haga en las áreas autorizadas. En caso de no atender este llamado, los afectados podrán solicitar el apoyo de un policía, quien lo pondrá a disposición del juez cívico.
Al respecto, el presidente de la Comisión de Salud, Marco Antonio García Ayala, afirmó que 25 enfermedades mortales y discapacitantes están relacionadas directamente con el consumo al tabaco. Particularmente, explicó, en México el tabaquismo representa la principal causa de muerte evitable.
Se prohíbe fumar en:
- Auditorios
- Bibliotecas
- Escuelas (desde nivel básico hasta superior)
- Laboratorios
- Instalaciones deportivas
- Pasillos
- Sanitarios
- Cines
- Teatros
- Transporte público de pasajeros (incluyendo taxis)
- Oficinas públicas y privadas
Los establecimientos que expendan alimentos y bebidas:
- Deberán delimitar físicamente las áreas destinadas para fumadores.
- Las áreas deberán estar identificadas con señalamientos y avisos en lugares visibles, incluyendo las mesas.
- Instalar un sistema de extracción y purificación hacia el exterior.
- En caso de no cumplir con estos requisitos, la prohibición de fumar se extenderá a todo el inmueble.
Panistas intentaron frenar la Ley de Protección a la Salud
Los diputados locales del PAN trataron de frenar la aprobación de las reformas y adiciones a la Ley de Protección a la Salud de los No Fumadores, al presentar una moción suspensiva, a pesar de que la iniciativa ya había sido aprobada en lo general.
Al subir a la tribuna para justificar la postura de su partido, el diputado Ezequiel Rétiz argumentó que las modificaciones tenían que ser analizadas con mayor profundidad, pues de aprobarse se generaría un conflicto con la Ley de Establecimientos Mercantiles.
“No podemos legislar sobre las rodillas, no podemos legislar con las prisas. Creemos que en un sentido de responsabilidad se debe regresar a las Comisiones Dictaminadoras para que se haga un análisis correspondiente y no tengamos conflictos de normas”.
No obstante, tras un debate en las curules, los panistas fueron convencidos para que retiraran el recurso, el cual fue votado por el pleno del órgano legislativo local; situación que también generó confusión, pues los legisladores de Acción Nacional arguyeron que el procedimiento ya no tenía sentido, toda vez que la moción fue retirada.
Quien no pudo ocultar su molestia por la aprobación de las reformas fue el perredista Salvador Martínez della Roca, quien aseveró que está decisión representa una violación a los derechos de los fumadores.
“Chupar sin fumar es como si cogieras sin besar”, argumentaba el legislador del sol azteca mientras se paseaba entre las curules.